
El senador del estado de Arizona, Sonny Borrelli, ha presentado una demanda contra Katie Hobbs y el condado de Maricopa en nombre del condado de Mohave, alegando que el condado de Maricopa «experimentó con inteligencia artificial no probada y patentada en la verificación de la firma de los votantes».
La demanda de Borrelli afirma que debido al uso por parte del condado de Maricopa de «programas de software no probados que influyeron de manera indebida pero inevitablemente en el juicio de los trabajadores mal capacitados encargados de verificar la firma, en violación de la ley estatutaria de Arizona, la fuerza de voto de los residentes del condado de Mohave, Arizona.
True The Vote hizo este descubrimiento impactante.
El senador estatal Sonny Borrelli presentó la demanda el lunes contra Katie Hobbs y el condado de Maricopa por privar del derecho al voto a los votantes de Arizona por su comportamiento ilegal en las elecciones de mitad de mandato de 2022.
El Gateway Pundit también informó que el 15 de diciembre la Junta de Supervisores del Condado de Mohave en Arizona también discutirá posibles litigios contra el Condado de Maricopa por robar las elecciones de 2022 al pueblo de Arizona.
El condado de Maricopa se basó ilegalmente en un software de inteligencia artificial de terceros no probado para verificar las firmas de las papeletas en Runbeck.
La senadora Wendy Rogers llamó al condado de Maricopa por burlarse de la ley e inventar sus propias reglas en un tuit reciente.
Borrelli dijo a The Gateway Pundit: «Estoy desafiando el hecho de que el condado de Maricopa sea el único condado que utilizó inteligencia artificial para verificar las firmas en un sobre de votación». Continuó: «no hay nada en la ley que les permita hacer eso».
«La legislatura nunca aprobó una ley que permitiera este tipo de tecnología. No está en el Manual de Procedimientos Electorales», declaró Borrelli.
«Es obvio que el condado de Maricopa se volvió pícaro y simplemente hizo lo que quería hacer, sin ninguna autoridad legislativa en absoluto».
El Gateway Pundit también informó que los denunciantes en la demanda de Kari Lake revelaron que decenas, si no cientos, de firmas de papeletas ilegítimas o no coincidentes, fueron verificadas, aprobadas y contadas ilegalmente
También en la presentación de Kari Lake, un denunciante de Runbeck reveló que CIENTOS DE MILES de papeletas no tenían documentación de cadena de custodia. Esta es una violación impactante y masiva de la ley.
La demanda del senador Borrelli contra los estados del condado de Maricopa, en parte:
Evidentemente, para tratar de acelerar su proceso de verificación de firmas, los funcionarios electorales del condado de Maricopa adoptaron un enfoque no probado en las recientes elecciones generales al delegar a una corporación privada y su software («el Software Delegado») el trabajo crucial de evaluar la veracidad de las firmas en aproximadamente 1,3 millones de papeletas por correo y presumiblemente papeletas recuperadas de los buzones. Maricopa pretendía que el Software Delegado comparara la firma de un votante en una boleta por correo o boleta recuperada de un buzón con un ejemplar de firma que el votante había firmado en el pasado, como un registro del Departamento de Vehículos Motorizados. Luego se contratarían trabajadores temporales no capacitados para revisar las adjudicaciones del software. Pero los funcionarios electorales del condado se entregaron a este experimento sin primero poner en marcha salvaguardias para asegurarse de que funcionara.
Por ejemplo, los funcionarios del condado no establecieron estándares o proporcionaron orientación de ningún tipo para (1) ajustes que se pudieran hacer en la configuración del Software Delegado durante el recuento de papeletas, (2) reclutar y contratar a personas encargadas de operar el software («los verificadores de firmas»), (3) capacitación adecuada para los verificadores de firmas, (4) sistemas de respaldo confiables o (5) mecanismos de apelación o revisión de Por lo tanto, los funcionarios electorales dejaron pasar un número incalculable de papeletas sin la garantía adecuada de una verificación precisa. Como resultado, un número desproporcionado de papeletas por correo del condado de Maricopa y presumiblemente papeletas de buzón se contaron cuando no deberían haber aprobado un sistema de verificación adecuado, diluyendo así la fuerza de voto de los votantes en otros condados, incluido el condado de Mohave.
La llamada «inteligencia artificial» utilizada en herramientas como el Software Delegado se ha expuesto como con demasiada frecuencia como no ser «artificial», especialmente cuando los seres humanos motivados por el beneficio entrenan su IA a través de la «curva» demasiado manual para alcanzar un resultado deseado, ni «inteligente», dado que los humanos no parecen ayudar más que introducir en los sistemas de Ejemplos infames de capacitación sesgada incluyen la IA de reclutamiento de Amazon, cuya capacitación consistió en recibir currículums de solicitantes de trabajo de ingeniería (casi completamente masculinos), comparados con empleados actuales (casi completamente masculinos), de modo que la «inteligencia» artificial pudo concluir que los mejores candidatos eran… casi en su totalidad hombres. Del mismo modo, los investigadores de la Universidad de Toronto y el MIT descubrieron recientemente que todos los sistemas de reconocimiento facial que probaron funcionaron mejor en caras de piel más clara,1 y los investigadores han mostrado una tasa de fracaso de 1 en 3 en la identificación de mujeres de piel más oscura.2 O considere el chatbot Tay Twitter de Microsoft, que fue diseñado para convertirse en conversacional aprendiendo
Según la información y la creencia, el condado de Maricopa es el único condado de Arizona que delega el trabajo de verificación de las papeletas por correo a los programas de inteligencia artificial. El condado de Maricopa ha subcontratado una parte material de sus responsabilidades de verificación de firmas a una corporación privada, Runbeck Elections Systems, y su software de verificación de firmas Verus ProTM. El software delegado preprocesa y puntúa cada firma, y luego llega a una puntuación de confianza, cuyas bases permanecen secretas, para cada coincidencia de firma. Los verificadores de firmas, trabajadores temporales sin experiencia o capacitación relevante, contratados a 15 dólares la hora para sentarse en sus monitores, se les presenta una visualización destacada de las decisiones de verificación codificadas por colores del Software Delegado. Mientras intentan decidir, en un instante, si verificar las firmas de los votantes, está más allá de los límites de la naturaleza humana que estos verificadores de firmas no estén influenciados por las conclusiones aparentemente autorizadas, pero en realidad opacas y no probadas, del Software Delegado.
El Fiscal General de Arizona ha señalado que dicha delegación no está autorizada por la ley de Arizona.4 Ningún estatuto de Arizona permite a los condados externalizar un papel tan crucial para el software informático. Además, el condado de Maricopa no proporcionó los procedimientos y requisitos de capacitación necesarios para permitir que los humanos trabajen con el software delegado. Tras la información y la creencia, el condado de Maricopa realizó 1,3 millones de imágenes, en monitores, más allá de los ojos de unas pocas docenas de sus verificadores de firma en un clip tan rápido que era físicamente imposible para ellos verificar las adjudicaciones del Software Delegado sobre esas imágenes de manera confiable.
Se supone que los seres humanos reales acusados por ley de verificar las firmas no deben actuar como sellos de goma para las decisiones poco fiables ya tomadas por el software comercial secreto de las empresas privadas. La delegación del condado de Maricopa a terceros, y el software, arroja serias dudas sobre la integridad de las elecciones. «A primera vista», el requisito no discretionario de Arizona para la verificación de la firma inmediata y humana establecido en A.R.S. § 16-550(A) puede parecer irrelevante, al igual que el requisito de «correo por correo versus entrega a mano [de papeletas como lo exige la A.R.S. § 542] puede parecer poco importante». Reyes v. Cuming, 191 Ariz. 91, 952 P.2d 329, 331 (Ariz. Ct. App. 1997) (citando Miller v. Distrito Escolar de Primaria de Picacho No. 33, 179 Ariz. 178, 180, 877 P.2d 277, 279 (1994).
Pero como ha explicado la Corte Suprema de Arizona, teniendo en cuenta su propósito, tales leyes son «muy importantes». Id. Tiene énfasis. Ambos estatutos «no técnicos» promueven el objetivo constitucional de «establecer salvaguardias procesales para evitar la influencia indebida, el fraude, la manipulación de las votaciones y la intimidación de los votantes». Id. (citando Ariz. Const. art. VII § 1). Tales leyes pueden parecer triviales al principio, pero son imprescindibles para «asegurar la pureza de las elecciones y protegerse contra los abusos de la franquicia electiva». Id. (citando Ariz. Const. art. VII § 12). De hecho, el «propósito de A.R.S. 16- 550(A) es para evitar la inclusión de votos no válidos». Id.
«Denojar lo contrario ‘afectaría al resultado o al menos lo haría incierto'». Id. (citando Miller, 197 Ariz. en 180, 877 P.2d en 279). Esto es especialmente cierto cuando, como aquí, «las papeletas ausentes contadas en violación de la sección 16-550(A) de A.R.S. cambian indiscutiblemente[] el resultado de las elecciones». «Porque la sección 16-550(A) de A.R.S. es un estatuto no técnico y debido a que las papeletas de voto ausente contadas en violación de ese estatuto han hecho que el resultado de esta elección sea incierto», el único remedio apropiado es que los resultados de las elecciones del condado de Maricopa sean «dejados a un lado». Id.
Debido a que el condado de Mohave utilizó un sistema más riguroso para verificar las firmas de las papeletas enviadas por correo, los funcionarios del condado de Maricopa, al usar el Software Delegado sin una verificación humana legalmente adecuada, diluyeron la fuerza de voto de los residentes del condado de Mohave. Los acusados introdujeron software de inteligencia artificial en los procedimientos y la capacitación de los trabajadores humanos de una manera no autorizada por el estatuto de Arizona y antitética a los derechos y protecciones garantizados por los Estados Unidos. Constitución, incluido el derecho fundamental de cada votante a saber que su voto contó.5
El uso del Software Delegado por parte de los funcionarios del condado de Maricopa para tomar decisiones que solo pueden ser tomadas por seres humanos bien entrenados ilegalmente e inevitablemente sobrecontaron el número de papeletas verificables contadas en el condado de Maricopa, lo que resultó en la privación del derecho de derechos de los electores de Mohave que habían emitido correctamente sus papeletas.
Esto es material porque solo 17.116 votos separaron al ganador del perdedor en la carrera por el gobernador. El condado de Maricopa externaliza el procesamiento de 1.311.734 papeletas por correo o entrega a su sistema poco fiable de (1) software no probado y (2) verificadores de firmas no capacitados. Según la información y la creencia, el margen de error en un software impulsado por la IA como el Software Delegado, que utiliza solo datos de firma estáticos o fuera de línea, es de al menos el tres por ciento (3%).6 Aplicar un margen de error del 3% a 1.311.734 firmas produce 39.352 firmas falsamente aceptadas, lo que podría haber afectado el resultado de las elecciones
La ley está bien establecida de que, «una vez que la legislatura prescribe un procedimiento de votación en particular, el derecho a votar de esa manera precisa es un derecho fundamental». Ver Charfauros v. Bd. de Elecciones, 249 F.3d 941, 951 (9o Circ. 2001) (énfasis añadido). Los cambios en los procedimientos de votación que privan a ciertos votantes son una violación per se de la Cláusula de Igualdad de Protección de la Decimocuarta Enmienda, incluso si la violación está bien intencionada o se basa en una simple negligencia o ineptitud. Si bien los funcionarios electos en el condado de Maricopa pueden haberse sentido obligados a tomar atajos debido a las limitaciones de tiempo, «la prensa del tiempo no disminuye la preocupación constitucional. El deseo de velocidad no es una excusa general para ignorar las garantías de protección iguales». Gore, 531 EE. UU. en 108, 121 S. Ct. a las 523. Aquí, funcionarios del condado de Maricopa:
(i) No se pudo administrar de manera uniforme las elecciones generales de acuerdo con los procedimientos obligatorios por el estado;
(ii) Adoptó procedimientos no probados y equivocados para hacer frente a su manejo de las elecciones;
(iii) Mal implementados esos procedimientos, que se volvieron más gravlosos que las alternativas disponibles prescritas por la ley; y
(iv) Confió en el software patentado no probado de un tercero no gubernamental para verificar inicialmente las firmas de las papeletas, interfiriendo así la inteligencia artificial en el proceso de votación de una manera no prescrita por la ley.
Los nuevos procedimientos de Maricopa dieron lugar a que un número sustancial de electores de otros condados fueran privados de derechos. Los procedimientos electorales del condado de Maricopa violaron la Primera y la Decimocuarta Enmiendas a los Estados Unidos. Constitución, y necesariamente obliga a una disputa electoral como se define en A.R.S. § 16-672 y 676. Los demandados han violado los derechos de los demandantes bajo la Cláusula de Igualdad de Protección (Cuenta 1), sus derechos procesales debido proceso (Cuenta 2), su derecho fundamental a votar y que sus votos sean tratados de manera uniforme bajo los principios enunciados en Bush v. Gore, 531 EE. UU. 98 (Cuenta 3), y sus derechos bajo los estatutos electorales de Arizona (Cuenta 4). Como resultado, los resultados de las elecciones del condado de Maricopa para gobernador del 8 de noviembre de 2022 son insuficientes para «manteniendo la confianza que todos los ciudadanos deben tener en el resultado de las elecciones». Id. en el 109.
El siguiente alivio se solicita en la demanda de Borrelli.
Esto es material porque solo 17.116 votos separaron al ganador del perdedor en la carrera por el gobernador. El condado de Maricopa externaliza el procesamiento de 1.311.734 papeletas por correo o entrega a su sistema poco fiable de (1) software no probado y (2) verificadores de firmas no capacitados. Según la información y la creencia, el margen de error en un software impulsado por la IA como el Software Delegado, que utiliza solo datos de firma estáticos o fuera de línea, es de al menos el tres por ciento (3%).6 Aplicar un margen de error del 3% a 1.311.734 firmas produce 39.352 firmas falsamente aceptadas, lo que podría haber afectado el resultado de las elecciones
La ley está bien establecida de que, «una vez que la legislatura prescribe un procedimiento de votación en particular, el derecho a votar de esa manera precisa es un derecho fundamental». Ver Charfauros v. Bd. de Elecciones, 249 F.3d 941, 951 (9o Circ. 2001) (énfasis añadido). Los cambios en los procedimientos de votación que privan a ciertos votantes son una violación per se de la Cláusula de Igualdad de Protección de la Decimocuarta Enmienda, incluso si la violación está bien intencionada o se basa en una simple negligencia o ineptitud. Si bien los funcionarios electos en el condado de Maricopa pueden haberse sentido obligados a tomar atajos debido a las limitaciones de tiempo, «la prensa del tiempo no disminuye la preocupación constitucional. El deseo de velocidad no es una excusa general para ignorar las garantías de protección iguales». Gore, 531 EE. UU. en 108, 121 S. Ct. a las 523. Aquí, funcionarios del condado de Maricopa:
(i) No se pudo administrar de manera uniforme las elecciones generales de acuerdo con los procedimientos obligatorios por el estado;
(ii) Adoptó procedimientos no probados y equivocados para hacer frente a su manejo de las elecciones;
(iii) Mal implementados esos procedimientos, que se volvieron más gravlosos que las alternativas disponibles prescritas por la ley; y
(iv) Confió en el software patentado no probado de un tercero no gubernamental para verificar inicialmente las firmas de las papeletas, interfiriendo así la inteligencia artificial en el proceso de votación de una manera no prescrita por la ley.
Los nuevos procedimientos de Maricopa dieron lugar a que un número sustancial de electores de otros condados fueran privados de derechos. Los procedimientos electorales del condado de Maricopa violaron la Primera y la Decimocuarta Enmiendas a los Estados Unidos. Constitución, y necesariamente obliga a una disputa electoral como se define en A.R.S. § 16-672 y 676. Los demandados han violado los derechos de los demandantes bajo la Cláusula de Igualdad de Protección (Cuenta 1), sus derechos procesales debido proceso (Cuenta 2), su derecho fundamental a votar y que sus votos sean tratados de manera uniforme bajo los principios enunciados en Bush v. Gore, 531 EE. UU. 98 (Cuenta 3), y sus derechos bajo los estatutos electorales de Arizona (Cuenta 4). Como resultado, los resultados de las elecciones del condado de Maricopa para gobernador del 8 de noviembre de 2022 son insuficientes para «manteniendo la confianza que todos los ciudadanos deben tener en el resultado de las elecciones». Id. en el 109.
El siguiente alivio se solicita en la demanda de Borrelli.
Declarar inadmisible e ilegal el uso de software informático de terceros no probado y opaco que delega la función de determinar, inicialmente o de otra manera, la validez o invalidez o probable validez o invalidez de una firma de declaración jurada de votación, bajo A.R.S. La sección 16-672, et seq e inconstitucional bajo la Cláusula de Igualdad de Protección de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, y concluye que al hacerlo o permitir que se haga durante o en relación con las elecciones generales de 2022 para gobernador, los demandados violaron esas disposiciones.
Declarar inadmisible e ilegal el uso de software informático de terceros no probado y opaco para delegar en la inteligencia artificial la función de determinar, inicialmente o de otra manera, la validez o invalidez o probable validez o invalidez de la firma de una declaración jurada de votación y revelar esa determinación al ser humano asignado la tarea de verificación de la firma de la boleta electoral antes de que haga su trabajo La Sección 16-672 y siguientes y es inconstitucional bajo la Cláusula de Igualdad de Protección de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, y concluir que al hacerlo o permitir que se haga durante o en relación con las elecciones generales de 2022 para gobernador, los demandados violaron esas disposiciones.
Temporal, preliminar y permanentemente restringir y prohibir que el estado de Arizona y el condado de Maricopa utilicen proveedores de software no gubernamentales y de terceros no probados y opacos y la inteligencia artificial para realizar la función de determinar, inicialmente o de otro modo, la validez o invalidez o probable validez o invalidez de la firma de una declaración jurada de votación.
Incoar el uso de software de verificación de firmas para el que el código de software, los métodos y datos de entrenamiento de IA, las prácticas manuales de ajuste de curvas, las tasas de error, incluidos los falsos negativos (o rechazos) y los falsos positivos (o «acepta»), y datos similares no se han puesto a disposición del público para la notificación y los comentarios.
Mandato de que los funcionarios electorales en Arizona busquen extender el tiempo y los recursos disponibles para la verificación de firmas para garantizar que dicha verificación sea constitucionalmente adecuada a la tarea de verificar millones de firmas.
Afirmar que las papeletas de votación anticipada de los votantes del condado de Mohave que cumplen con los requisitos legales y verificadas por seres humanos capacitados se cuentan en las elecciones generales de 2022 para gobernador.
Invalidar y reservar los resultados de las elecciones generales del condado de Maricopa de 2022 para la carrera por gobernador, e/o invalidar y reservar todas las papeletas por correo del condado de Maricopa en las elecciones generales de 2022 para gobernador.
Otorgar los honorarios de los abogados de los demandantes en esta acción de conformidad con 42 U.S.C. § 1988(b).
Otorga a los demandantes los costos de la demanda.
Conceder e imponer cualquier otro recurso y conceder e imponer cualquier otro alivio, por ley o equidad, que este Tribunal considere justo y apropiado en las circunstancias.
Lea la presentación completa aquí.